El pasado 8 de diciembre entró en vigor la nueva Ley del Mercado Hipotecario, que reduce las comisiones aplicadas a los préstamos hipotecarios, rebaja los gastos notariales y regula la figura de la hipoteca inversa.
Esta nueva ley permite que se puedan realizar hipotecas inversas no sólo sobre la vivienda habitual, sino también sobre la segunda vivienda y reconoce las hipotecas flotantes o de máximos, orientadas a garantizar con una sola hipoteca todas aquellas obligaciones, existentes y futuras, que pudiera llegar a haber entre una empresa o particular y una entidad financiera.
Pero lo que más nos afecta es la reducción en los gastos notariales y las comisiones máximas a aplicar por las entidades financieras para la cancelación, subrogación o amortización de nuestros préstamos hipotecarios. Así, los préstamos contratados a partir de esa fecha verán reducida la comisión máxima de cancelación anticipada, amortización y subrogación desde el 1% al 0,5%. Además si el crédito tiene más de cinco años, el porcentaje se reduce al 0,25%.
En las hipotecas suscritas a tipos de interés fijo, este porcentaje del 0,50 % solo podrá aumentarse cuando la cancelación o subrogación genere una ganacia de capital para el prestatario y una pérdida para la entidad financiera.
Una ley que era muy necesaria perqo que al final, como siempre, ha quedado en muy poco de lo que pretendía ser a primeros de 2.007.
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